El Tribunal Supremo confirma que Enfermería no puede prestar asesoramiento ni asistencia nutricional
El Tribunal Supremo ha confirmado la Sentencia de Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid que anuló la Resolución del Consejo General de Enfermería de España que se atribuía competencias en Nutrición, como la asesoría nutricional y seguimiento, las actuaciones docentes y asistenciales de Nutrición, las recomendaciones y administración de productos dietéticos así como la terapia nutricional y las técnicas dietéticas que contemplaba dicho Consejo, en el ámbito de los cuidados corpoestéticos y de la prevención del envejecimiento por la salud.
El Tribunal Supremo da de este modo la razón a los dietistas-nutricionistas, y señala de manera literal que “los enfermeros no pueden realizar recomendaciones dietéticas de aquellas personas con problemas de salud específicos derivados de una enfermedad que requieran de una dieta concreta y específica, puesto que con el Grado en Enfermería no adquieren competencias específicas sobre nutrición humana y dietética, siendo el Dietista-Nutricionista el profesional sanitario competente para realizar dichas recomendaciones dietéticas a las personas con problemas de salud”.
Esta acción se ha llevado a cabo a instancias de siete colegios profesionales de dietistas-nutricionistas, entre ellos el CODiNuCoVa, que conforman el CGCODN
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